NOVEDADES EN MATERIA DE TRIBUTOS APROBADAS EN LA LEY DE PRESUPUESTOS GENERALES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA PARA EL AÑO 2022 - Noticia - ATRM Saltar al contenido

NOVEDADES EN MATERIA DE TRIBUTOS APROBADAS EN LA LEY DE PRESUPUESTOS GENERALES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA PARA EL AÑO 2022

27/01/2022

El 27 de enero de 2022 se ha aprobado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM), la Ley 1/2022, de 24 de enero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2022, en la se introducen las siguientes novedades en los tributos en los que la Comunidad Autónoma de la Región Murcia tiene competencias normativas:

 

IMPUESTO DE SUCESIONES Y DONACIONES

Con efectos desde el 1 de enero de 2022, en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, en la modalidad de Donaciones, se hace extensiva la deducción en la cuota del 99% también al grupo III del artículo 20.2.a) de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, esto es, a colaterales de segundo y tercer grado, ascendientes y descendientes por afinidad.

IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO

Con efectos para las autoliquidaciones del Impuesto sobre Patrimonio del ejercicio 2021 y siguientes, se establece una deducción en la cuota íntegra del impuesto del 100% del importe en dinero destinado durante el año posterior a la fecha de devengo a proyectos de excepcional interés público regional.

El Consejo de Gobierno determinará los proyectos que serán considerados de excepcional interés público regional a los efectos de la presente deducción, así como la duración de los citados proyectos y las líneas básicas de las actuaciones que den derecho a la deducción.

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS

Con efectos dese el 1 de enero de 2022, se crea una nueva deducción autonómica por alquiler de vivienda habitual, destinada a jóvenes menores de 35 años, familias numerosas y discapacitados con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65%, o estén judicialmente incapacitado.

La deducción asciende al 10% de las cantidades, no subvencionadas, satisfechas en el ejercicio, con el límite de 300 euros anuales por contrato de arrendamiento, tanto en tributación individual como en conjunta, siempre y cuando se cumplan los requisitos recogidos en el artículo 57.1 de la Ley 1/2022, de 24 de enero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2022.

Asimismo, con efectos dese el 1 de enero de 2022, se incluye una nueva deducción autonómica para mujeres trabajadoras, por el cuidado de cada hijo menor de 18 años o persona dependiente a su cargo. El importe de la deducción es el siguiente, siempre y cuando se cumplan los requisitos recogidos en el 57.1 de la Ley 1/2022, de 24 de enero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2022:

  • 300 euros si se trata del primer hijo.
  • 350 euros si se trata del segundo hijo.
  • 400 euros si se trata del tercer hijo o sucesivos.
  • 400 euros por persona dependiente a su cargo.

Se considera persona dependiente, a efectos de esta deducción, al ascendiente mayor de 75 años y al ascendiente o descendiente con un grado de discapacidad igual o superior al 65 por 100, cualquiera que sea su edad. 

TRIBUTOS SOBRE EL JUEGO

En relación con los Tributos sobre el Juego, se procede a la supresión, para el ejercicio 2022, de las cuotas fijas reducidas de la tasa fiscal sobre los juegos de suerte, envite o azar y apuestas, así como de la tarifa reducida aplicable a los casinos.

OTRAS MEDIDAS TRIBUTARIAS

Por otra parte, con el fin de seguir contribuyendo a la minoración de los efectos de los terremotos acaecidos en la ciudad de Lorca, se amplía la vigencia temporal de los beneficios fiscales aprobados en la Ley 5/2011, de 26 de diciembre, extendiéndose los mismos al ejercicio 2022.

Se modifica la Ley 4/1991, de 26 de diciembre, de establecimiento y fijación del Recargo sobre el Impuesto de Actividades Económicas, para atribuir a la Agencia Tributaria de la Región de Murcia las funciones que le corresponden a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en relación con dicho recargo.

Por otra parte, se adoptan una serie de medidas en materia de tasas regionales. A este respecto cabe destacar, de forma general, el mantenimiento de los importes de las tasas y precios públicos de la Hacienda regional para el ejercicio 2022, en las mismas cuantías que se aplicaron durante el ejercicio 2021.

Asimismo, se amplía al ejercicio 2022 la vigencia de las exenciones de pago de determinadas tasas vinculadas a la prestación de actividades y servicios por la Administración regional a favor de emprendedores, pymes y microempresas, como medida de apoyo a este importante sector de la economía regional.